sábado, 6 de julio de 2013

Sobre la llamada Ley de Negacionismo





El Gobierno de Ollanta Humala para  desarrollar el sistema capitalista explotador y opresor viene aplicando un plan político de unir a todos los defensores del sistema para  impedir que el camino del pueblo se desenvuelva o haciendo que éste se desvié, y  sin ninguna voz discrepante, reprimiendo, sin oposición o rechazo del pueblo  tener las manos libres para seguir aplicando su plan económico de nueva acumulación originaria que implica mayor opresión, explotación y esquilmación de la clase, el pueblo y los recursos naturales, plan que nuestra organización ha desenmascarado y lo viene combatiendo. Hace más de un año sirviendo a estos planes desataron una persecución política contra los marxista-leninista-maoístas, pensamiento Gonzalo, contra el movadef, contra todo aquel que discrepe del régimen y contra todo el pueblo.

Es dentro de estos planes que se enmarca el proyecto de ley del negacionismo que apunta a imponer una sola versión de los sucesos del 80 al 92, dar por cerrado el debate sobre este tema  y encarcelar a quienes discrepen de dicha versión, pues para el estado “negar” es sinónimo de “contradecir” la tipificación de terrorismo que sus leyes antisubversivas han impuesto a la  guerra interna en el país, pero en el trasfondo, esta, apunta a contener la lucha del pueblo por la defensa y restitución de sus derechos, beneficios y libertades democráticas, por lo que nadie que se precie de demócrata puede permitir que en un estado de derecho pueda imponerse una ley de esta naturaleza.
Frente al desarrollo del MOVADEF, el estado invocó una “lucha” contra el llamado terrorismo, llamando a la “unidad” de todas las fuerzas políticas y presentó ante el Congreso de la República el Proyecto de Ley Nº 1464/2012 que plantea incorporar en el Código Penal el artículo 316º-A “delito de negacionismo”. Luego las comisiones de justicia y de constitución emitieron un dictamen conjunto, agravando el tipo penal y proponiendo penas de cárcel aún mayores que van desde 8 hasta 15 años.

Aquí el texto listo para ser debatido y promulgado en el Pleno del Congreso:
“Artículo 316-A.- Negacionismo de los delitos de terrorismo
Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de doce años, el que públicamente niegue cualquiera de los delitos de terrorismo previstos en el Decreto Legislativo 046, el Código Penal de 1924 modificado por  las Leyes 24651 y 24953, y el Decreto Ley 25475, o la calidad de autor o participe de una persona respecto de esos delitos, establecidos en sentencia firme, con la  finalidad de promover  la comisión de los delitos de terrorismo o apología del terrorismo o sirva como medio para adoctrinar para fines terroristas.
Si  la  negación   se realiza a  través  de  medios  de  comunicación  social o mediante el  uso de tecnologías de la información y comunicaciones,…,imponiéndose trescientos sesenta y cinco días multa e inhabilitación conforme a los incisos 2, 4 y 8 del Artículo 36 del código penal”

Así, no se puede tipificar ni judicializar opiniones sobre un hecho eminentemente político, que tuvo causas económicas, políticas y sociales, que tiene una verdad histórica, tampoco puede reducirse un hecho político a un acto judicial. La justicia no resuelve los hechos políticos. En un proceso judicial quien tiene el poder se impone contra quien no lo tiene, y en este caso siendo una guerra, una parte prevaleció contra otra e impuso su verdad y la erigió en ley castigando a los participes, quitándoles su libertad y su derecho a exponer las motivaciones que los llevaron a rebelarse. Además está el hecho de que se está persiguiendo penalmente e…  como versión “legal” y única la de quienes vencieron: el Estado, y a quienes opinen distinto se les pretende aplicar dicha ley.

También es necesario rechazar  las posiciones vertidas dentro de la exposición de motivos del dictamen que quieren hacer una  analogía de está ley con otras leyes dadas en Europa contra el negacionismo al Holocausto Nazi, tomando esta experiencia totalmente distinta y confundir siniestramente hechos históricos, que no se asemejan en nada, ciertamente existen leyes en  otros países que se crearon para condenar la negación al genocidio nazi que es reprobado por toda la humanidad en su conjunto, sin embargo  hay sectores de la reacción en Europa Oriental  que pretenden extenderla al supuesto negacionismo del llamado “genocidio comunista”  o como actualmente vemos en el caso de España donde  también pretenden emparentarla con la acción de ETA para oponerse a una solución política al conflicto vasco, en Rwanda el régimen de Kagabe ha establecido que solo hubo genocidio contra los Tutsi y no contra los Hutu como verdad del Estado con el fin de eliminar opositores y perpetuarse en el poder con el apoyo del imperialismo norteamericano, y en nuestro país quieren aplicar este engendro reaccionario siguiendo la experiencia de la reacción a nivel internacional, sirviendo a la política del imperialismo norteamericano en la lucha contra el llamado terrorismo que apunta a criminalizar las luchas de los revolucionarios y de los pueblos y naciones oprimidas en el mundo, con el despropósito monstruoso de querer comparar la subversión en el Perú, y exculpar la acción genocida del Estado peruano en la guerra interna.
Sin embrago existen críticas y opiniones divergentes en los diferentes sectores en torno a esta ley. Aldo Mariátegui o el Comercio en contra, la  del abogado penalista Julio Rodríguez, quien afirma que con esta ley “se estaría castigando formas de pensar, se estaría castigando ideologías, en el estado democrático de derecho no se puede castigar ideologías, ni formas de pensar”, Víctor García Toma, ex presidente del Tribunal Constitucional, también se manifestó en este sentido al afirmar que colocaría en peligro el derecho a la libertad de expresión, o las declaraciones  de  Ántero Flores-Aráoz  del PPC, quien planteó que “bajo el pretexto de luchar contra el terrorismo, la Ley de Negacionismo pretendería propiciar un pensamiento único, lo que es autoritario y atentatorio de las libertades ciudadanas”, entre otras declaraciones; y hay quienes han enfatizado bastante el atentado y amenaza a la libertad de expresión como Augusto Álvarez Rodrich quien dijo que “Este proyecto de ley es un mamarracho propio de una autocracia”,  Rosa María Palacios quien refirió que “No se combate el terror con el silencio y la uniformidad histórica, salvo que estemos en un régimen totalitario”  y Cesar Hildebrant quien al manifestar  su cuestionamiento dijo que  “el derecho a emitir una opinión es inalienable”.
Pero principalmente en el campo del pueblo las masas expresan su rechazo. Hace poco se desarrolló una marcha contra la mordaza convocada por los gremios de periodistas para protestar contra esta ley; y cabe señalar que últimamente la Convención Americana de Derechos Humanos ha manifestado en el marco de la audiencia su 147° periodo de sesiones y audiencia sobre la libertad de expresión en el Perú que revisará las serias violaciones del derecho a la libertad de pensamiento y expresión que tiene el dictamen de esta Ley.

Por otro lado, en el campo jurídico es necesario señalar que lesiona y atenta contra el derecho a la libertad de pensamiento, opinión, expresión, el derecho a  conocer la verdad histórica de la guerra interna, el derecho de investigar, informar, opinar, y difundir libremente las diversas posiciones y opiniones que existen, derechos que han sido reconocidos en la propia Constitución política del Perú en su Artículo 2°, Inciso 3 que indica que todos los peruanos tenemos derecho a la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada, que no hay persecución por razón de ideas o creencias, y no hay delito de opinión, o el Inciso 4 que nos plantea que las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, se deben de respetar sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, entonces nos preguntamos ¿Qué tendrían que hacer para aplicar esta ley? Violentar la  constitución.

Además que a nivel internacional contraviene y viola derechos protegidos por el  Pacto de Derechos Civiles y políticos que en su Artículo 19.1.  Dispone que “nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.”, o los reconocidos en la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (STEDH) De Haes y Gijsels c. Bélgica de 24 de febrero de 1997, que en su párrafo 49 dice que “(…) la libertad de expresión es válida no solamente para las informaciones o las ideas acogidas con favor o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también para aquellas que contrarían, chocan o inquietan al Estado o a una parte cualquiera de la población”, y en la Convención Americana de Derechos Humanos que sobre la Libertad de Pensamiento y de Expresión  en su artículo 13 señala que “1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión.  Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección. 2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura  3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.”

Entonces  con la pretendida aprobación de este reaccionario proyecto de ley el Estado estaría violando diversos derechos  constitucionales, imponiendo  una mordaza a todo aquel que discrepe con su  única versión, “oficial”, sobre  lo que ocurrió en nuestro país desde 1980 hasta el 92, buscando imponer como única verdad incuestionable el llamado terrorismo, para perseguir, detener y enviar a prisión a quienes no  comulguen con él, por ello, seguimos manteniéndonos firmes en nuestra posición de ¡Luchar por los derechos fundamentales del pueblo! Y ¡Solución Política, Amnistía general y Reconciliación nacional!

Frente a todo ello, obreros, campesinos, estudiantes y demás sectores del pueblo, debemos unirnos para seguir luchando por nuestros derechos fundamentales y como parte de ello defender nuestro derecho a la libertad política: Por derecho a la organización, tal como contempla la constitución y los tratados internacionales. Por respeto irrestricto de las libertades de opinión, pensamiento,  expresión, prensa y difusión e información, así como de investigación.

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