El Gobierno de Ollanta Humala para desarrollar el sistema capitalista explotador
y opresor viene aplicando un plan político de unir a todos los defensores del
sistema para impedir que el camino del
pueblo se desenvuelva o haciendo que éste se desvié, y sin ninguna voz discrepante, reprimiendo, sin
oposición o rechazo del pueblo tener las
manos libres para seguir aplicando su plan económico de nueva acumulación
originaria que implica mayor opresión, explotación y esquilmación de la clase,
el pueblo y los recursos naturales, plan que nuestra organización ha
desenmascarado y lo viene combatiendo. Hace más de un año sirviendo a estos
planes desataron una persecución política contra los
marxista-leninista-maoístas, pensamiento Gonzalo, contra el movadef, contra
todo aquel que discrepe del régimen y contra todo el pueblo.
Es dentro de estos planes que se enmarca el proyecto
de ley del negacionismo que apunta a imponer una sola versión de los sucesos
del 80 al 92, dar por cerrado el debate sobre este tema y encarcelar a quienes discrepen de dicha
versión, pues para el estado “negar” es sinónimo de “contradecir” la
tipificación de terrorismo que sus leyes antisubversivas han impuesto a la guerra interna en el país, pero en el
trasfondo, esta, apunta a contener la lucha del pueblo por la defensa y
restitución de sus derechos, beneficios y libertades democráticas, por lo que
nadie que se precie de demócrata puede permitir que en un estado de derecho
pueda imponerse una ley de esta naturaleza.
Frente al desarrollo del MOVADEF, el estado invocó una
“lucha” contra el llamado terrorismo, llamando a la “unidad” de todas las
fuerzas políticas y presentó ante el Congreso de la República el Proyecto de
Ley Nº 1464/2012 que plantea incorporar en el Código Penal el artículo 316º-A
“delito de negacionismo”. Luego las comisiones de justicia y de constitución
emitieron un dictamen conjunto, agravando el tipo penal y proponiendo penas de
cárcel aún mayores que van desde 8 hasta 15 años.
Aquí el texto listo para ser debatido y promulgado en
el Pleno del Congreso:
“Artículo 316-A.- Negacionismo de los delitos de
terrorismo
Será reprimido con pena privativa de libertad no menor
de seis ni mayor de doce años, el que públicamente niegue cualquiera de los
delitos de terrorismo previstos en el Decreto Legislativo 046, el Código Penal
de 1924 modificado por las Leyes 24651 y
24953, y el Decreto Ley 25475, o la calidad de autor o participe de una persona
respecto de esos delitos, establecidos en sentencia firme, con la finalidad de promover la comisión de los delitos de terrorismo o
apología del terrorismo o sirva como medio para adoctrinar para fines
terroristas.
Si la negación
se realiza a través de
medios de comunicación
social o mediante el uso de
tecnologías de la información y comunicaciones,…,imponiéndose trescientos
sesenta y cinco días multa e inhabilitación conforme a los incisos 2, 4 y 8 del
Artículo 36 del código penal”
Así, no se puede tipificar ni judicializar opiniones
sobre un hecho eminentemente político, que tuvo causas económicas, políticas y
sociales, que tiene una verdad histórica, tampoco puede reducirse un hecho
político a un acto judicial. La justicia no resuelve los hechos políticos. En
un proceso judicial quien tiene el poder se impone contra quien no lo tiene, y
en este caso siendo una guerra, una parte prevaleció contra otra e impuso su
verdad y la erigió en ley castigando a los participes, quitándoles su libertad
y su derecho a exponer las motivaciones que los llevaron a rebelarse. Además
está el hecho de que se está persiguiendo penalmente e… como versión “legal” y única la de quienes
vencieron: el Estado, y a quienes opinen distinto se les pretende aplicar dicha
ley.
También es necesario rechazar las posiciones vertidas dentro de la
exposición de motivos del dictamen que quieren hacer una analogía de está ley con otras leyes dadas en
Europa contra el negacionismo al Holocausto Nazi, tomando esta experiencia
totalmente distinta y confundir siniestramente hechos históricos, que no se
asemejan en nada, ciertamente existen leyes en
otros países que se crearon para condenar la negación al genocidio nazi
que es reprobado por toda la humanidad en su conjunto, sin embargo hay sectores de la reacción en Europa
Oriental que pretenden extenderla al
supuesto negacionismo del llamado “genocidio comunista” o como actualmente vemos en el caso de España
donde también pretenden emparentarla con
la acción de ETA para oponerse a una solución política al conflicto vasco, en
Rwanda el régimen de Kagabe ha establecido que solo hubo genocidio contra los
Tutsi y no contra los Hutu como verdad del Estado con el fin de eliminar
opositores y perpetuarse en el poder con el apoyo del imperialismo
norteamericano, y en nuestro país quieren aplicar este engendro reaccionario
siguiendo la experiencia de la reacción a nivel internacional, sirviendo a la
política del imperialismo norteamericano en la lucha contra el llamado
terrorismo que apunta a criminalizar las luchas de los revolucionarios y de los
pueblos y naciones oprimidas en el mundo, con el despropósito monstruoso de
querer comparar la subversión en el Perú, y exculpar la acción genocida del
Estado peruano en la guerra interna.
Sin embrago existen críticas y opiniones divergentes
en los diferentes sectores en torno a esta ley. Aldo Mariátegui o el Comercio
en contra, la del abogado penalista
Julio Rodríguez, quien afirma que con esta ley “se estaría castigando formas de
pensar, se estaría castigando ideologías, en el estado democrático de derecho
no se puede castigar ideologías, ni formas de pensar”, Víctor García Toma, ex
presidente del Tribunal Constitucional, también se manifestó en este sentido al
afirmar que colocaría en peligro el derecho a la libertad de expresión, o las
declaraciones de Ántero Flores-Aráoz del PPC, quien planteó que “bajo el pretexto
de luchar contra el terrorismo, la Ley de Negacionismo pretendería propiciar un
pensamiento único, lo que es autoritario y atentatorio de las libertades
ciudadanas”, entre otras declaraciones; y hay quienes han enfatizado bastante
el atentado y amenaza a la libertad de expresión como Augusto Álvarez Rodrich
quien dijo que “Este proyecto de ley es un mamarracho propio de una
autocracia”, Rosa María Palacios quien
refirió que “No se combate el terror con el silencio y la uniformidad histórica,
salvo que estemos en un régimen totalitario”
y Cesar Hildebrant quien al manifestar
su cuestionamiento dijo que “el
derecho a emitir una opinión es inalienable”.
Pero principalmente en el campo del pueblo las masas
expresan su rechazo. Hace poco se desarrolló una marcha contra la mordaza
convocada por los gremios de periodistas para protestar contra esta ley; y cabe
señalar que últimamente la Convención Americana de Derechos Humanos ha
manifestado en el marco de la audiencia su 147° periodo de sesiones y audiencia
sobre la libertad de expresión en el Perú que revisará las serias violaciones
del derecho a la libertad de pensamiento y expresión que tiene el dictamen de
esta Ley.
Por otro lado, en el campo jurídico es necesario
señalar que lesiona y atenta contra el derecho a la libertad de pensamiento,
opinión, expresión, el derecho a conocer
la verdad histórica de la guerra interna, el derecho de investigar, informar,
opinar, y difundir libremente las diversas posiciones y opiniones que existen,
derechos que han sido reconocidos en la propia Constitución política del Perú
en su Artículo 2°, Inciso 3 que indica que todos los peruanos tenemos derecho a
la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada, que no
hay persecución por razón de ideas o creencias, y no hay delito de opinión, o
el Inciso 4 que nos plantea que las libertades de información, opinión,
expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la
imagen, por cualquier medio de comunicación social, se deben de respetar sin
previa autorización ni censura ni impedimento algunos, entonces nos preguntamos
¿Qué tendrían que hacer para aplicar esta ley? Violentar la constitución.
Además que a nivel internacional contraviene y viola
derechos protegidos por el Pacto de
Derechos Civiles y políticos que en su Artículo 19.1. Dispone que “nadie podrá ser molestado a
causa de sus opiniones.”, o los reconocidos en la Sentencia del Tribunal
Europeo de Derechos Humanos (STEDH) De Haes y Gijsels c. Bélgica de 24 de
febrero de 1997, que en su párrafo 49 dice que “(…) la libertad de expresión es
válida no solamente para las informaciones o las ideas acogidas con favor o
consideradas inofensivas o indiferentes, sino también para aquellas que
contrarían, chocan o inquietan al Estado o a una parte cualquiera de la
población”, y en la Convención Americana de Derechos Humanos que sobre la
Libertad de Pensamiento y de Expresión
en su artículo 13 señala que “1. Toda persona tiene derecho a la
libertad de pensamiento y de expresión.
Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir
informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea
oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro
procedimiento de su elección. 2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso
precedente no puede estar sujeto a previa censura 3. No se puede restringir el derecho de
expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles
oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas,
o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera
otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y
opiniones.”
Entonces con la
pretendida aprobación de este reaccionario proyecto de ley el Estado estaría
violando diversos derechos
constitucionales, imponiendo una
mordaza a todo aquel que discrepe con su
única versión, “oficial”, sobre
lo que ocurrió en nuestro país desde 1980 hasta el 92, buscando imponer
como única verdad incuestionable el llamado terrorismo, para perseguir, detener
y enviar a prisión a quienes no
comulguen con él, por ello, seguimos manteniéndonos firmes en nuestra
posición de ¡Luchar por los derechos fundamentales del pueblo! Y ¡Solución
Política, Amnistía general y Reconciliación nacional!
Frente a todo ello, obreros, campesinos, estudiantes y
demás sectores del pueblo, debemos unirnos para seguir luchando por nuestros
derechos fundamentales y como parte de ello defender nuestro derecho a la
libertad política: Por derecho a la organización, tal como contempla la
constitución y los tratados internacionales. Por respeto irrestricto de las
libertades de opinión, pensamiento,
expresión, prensa y difusión e información, así como de investigación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario